Redacción
La Superintendencia de Salud, en virtud de la medida que suspendió la celebración de nuevos contratos de salud con Isapre Masvida y desafiliaciones de la misma, envió a través de un comunicado, las precisiones de interés general para todos sus afiliados.
En éste anunciaron que todas las solicitudes de afiliación y desafiliación que se efectúen en la isapre a partir del 1 de marzo de 2017 y mientras esté vigente la medida, deben ser rechazadas por dicha institución.
La suspensión que afecta la celebración de nuevos contratos impide realizar cualquier gestión contractual relativa a la afiliación, como la suscripción de una Declaración de Salud. Asimismo, esa Isapre deberá abstenerse de ejecutar los términos de contratos de salud que haya decidido imponer a sus afiliados.
Excepciones
A partir de esta medida se exceptúan las solicitudes de desafiliación y afiliación que se hayan tramitado en la Isapre Masvida antes del 1 de marzo de 2017; también aquellas ingresadas en isapre adjuntas a suscripciones de contratos de salud previsional con otras isapres, cuya data sea anterior a la misma fecha.
También las solicitudes de desafiliación basadas en la situación de cesantía debidamente acreditada del afiliado; las basadas en el inicio del trámite de jubilación del afiliado que desea incorporarse al sistema público de salud, situaciones que deben ser acreditadas y señaladas expresamente como motivo para la desafiliación, en la respectiva carta suscrita para esos fines.
Aquellos que hayan comunicado término de contrato anteriores al 1° de marzo de 2017, respecto de contratos cuya vigencia se extendió debido a que el cotizante se encontraba haciendo uso de licencia médica y ésta ha cesado.
En los casos en que ha existido pronunciamiento del Tribunal Especial de la Superintendencia de Salud, antes del 1 de marzo de 2017, ratificando la desafiliación o término de contrato.
Para otras excepciones revisar el banner especial de este tema en www.supersalud.gob.cl.