Cartas
Los desafíos de la Ley Gabriela
Señor director:
Entró en vigencia la Ley "Gabriela" que amplía la tipificación del delito de femicidio a las relaciones de pololeo y noviazgo junto a las razones de género. Su relevancia radica en el reconocimiento de estas relaciones afectivas en materia de protección de las mujeres frente a la violencia de género que puedan ejercer sus parejas y la existencia de penas de entre 15 a 40 años de presidio para el agresor.
Constituye un hito para erradicar la violencia en las relaciones de pareja, el hecho de considerar distintos tipos de vínculos afectivos que van más allá del matrimonio y la convivencia en cuanto al delito de femicidio y el aplicar duras sanciones contra los agresores.
La Ley "Gabriela" que sanciona el femicidio en relaciones como pololeo o noviazgo, responde a ese proceso de evolución y dinamismo de la sociedad moderna y de las relaciones humanas.
Cuál es la relevancia de esto? Que a partir de estos cambios se empieza a tomar conciencia sobre otro tipo de relaciones afectivas o emocionales que no son matrimoniales y qué sí están teniendo consecuencias jurídicas. Asimismo, una de estas consecuencias es la existencia de los hijos y otra, la presencia de una relación afectiva que genera vínculos que deben ser de respeto y protección recíproca. Estos vínculos dentro del matrimonio estaban protegidos, pero no en el caso de otro tipo de relaciones. Por ejemplo, en la ley 20.830 sobre el Acuerdo de Unión Civil se reconoce un nuevo tipo de relación afectiva, pero sin entrar el plano del respecto y protección recíproca de los convivientes.
En 1989 la tasa promedio de matrimonios de la población cuyas edades fluctúan entre los 25 y 35 años era de 8,1 lo que equivale aproximadamente a unos 103 mil matrimonios. Actualmente la tasa de nupcialidad (2017) llega a 3,3 es decir, poco más de 60 mil matrimonios al año. De manera que la pregunta que surge de inmediato, ¿debe el legislador seguir solo teniendo preocupación por la relación que se da entre sujetos unidos por matrimonio, o debía ir más allá?
Lo relevante de esto es que había que legislar para prevenir episodios de violencia en todo tipo de relaciones afectivas. Cada vez más se aprecia una mayor intervención del Estado en el ámbito de la familia, como por ejemplo el retiro de la mujer o de los hijos, para obtener resguardo judicial, y dar protección a su integridad física y psíquica. Los efectos de la Ley Gabriela para erradicar estas conductas violentas en las relaciones de pareja, no se pueden evaluar de inmediato, pero sí es posible observar que está bien enfocada, en cuanto a la necesidad de promover relaciones sanas y de respeto recíproco.
José Luis Díaz