Emol
Sin duda, los denominados influencers se convirtieron en un actor importante en la escena del marketing y publicidad. Su popularidad en las redes sociales no sólo atrae más seguidores, sino que muchas veces, además, les trae dividendos económicos, por el interés de diversas empresas de promocionar sus marcas a través de su figura.
Justamente, y debido al auge a la economía digital, el Servicio de Impuestos Internos (SII) comenzó los estudios y a fiscalizar las industrias de streaming, economías colaborativas digitales, y los influencers. Según el organismo, éstos se definen como personas naturales que publicitan distintos productos enfocándose en un público específico y generalmente fidelizado.
Residencia en chile
La idea, según explicó el subdirector de Fiscalización del SII, Víctor Villalón, es que si estas personas tienen domicilio o residencia en Chile, "den cumplimiento a las obligaciones tributarias".
El funcionario aseguró que apoyándose en diversas fuentes de información, conocen el volumen de negocio que mueven esas personas. "Por lo tanto, si están obteniendo una renta o un incremento de patrimonio, tienen que considerar la misma en su declaración personal de impuestos".
No obstante, Villalón hace hincapié que el SII no parte, necesariamente, de la base que estas personas están evadiendo impuestos, debido a que los estudios que realizan muestran que "muchas veces estas personas no conocen estas obligaciones tributarias".
"Por lo tanto, nuestra primera llegada hacia ellos, es a través de la entrevista, de la consulta, de la orientación, y evidentemente invitándolos a que se pongan al día en estas obligaciones", explicó.
Sobre este punto, Álvaro Moraga, abogado y Socio Fundador de Moraga & Cía, explicó que "la evasión es un delito, por lo que solo habrá evasión si existe la intención de no pagar (dolo). De lo contrario, es solo una falta susceptible de multa, además, del pago del impuesto. Y en este caso de no declaración, el SII puede cobrar 6 años hacia atrás".
Ignacio Gepp, experto tributario y director de Puente Sur, sostuvo a Emol que "esa actividad de promoción, si es compensada, obliga al influecer -así como a cualquier otro contribuyente en Chile- a reconocer el ingreso y tributar sobre dicho ingreso. No hay razón que justifique que un influencer no declare o reconozca lo que recibe a cambio de su actividad de promoción".