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Millonario robo a una empresa calameña

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Un millonario robo sufrió una empresa de Calama, durante la madrugada de este domingo.

De acuerdo a los antecedentes, fue pasada la media noche, que el dueño de la empresa fue notificado por el gerente de la misma, de que se habían activados los sistemas de alarma del lugar.

Fue así que se dirigió hasta el lugar para constatar si había ocurrido algo, cuando se dio cuenta que alguien había abierto la puerta.

De inmediato llamó a Carabineros para que hicieran la revisión del lugar, el que efectivamente daba señas del robo en su interior.

En el sitio, el dueño del lugar informó a Carabineros que los delincuentes rompieron una caja fuerte que se encontraba en una oficina, la que en su interior contenía 6 millones de pesos en cheques, 300 mil en dinero en efectivo, además de llevarse 2 tarjetas de combustibles de distintas empresas y un llavero que tiene el sensor de activación de la alarma, siendo todo el botín avaluado por el dueño de la empresa en unos 7 millones 500 mil pesos.

"Coro Voces de Ayer, Hoy y Siempre" cumple años

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Un nuevo aniversario está celebrando la reconocida agrupación artística, Coro de Voces de Ayer, Hoy y Siempre, quienes están cumpliendo cinco años entregando música y entretención a toda la comunidad tocopillana.

Si bien el 24 de febrero están de aniversario, recién pudieron celebrarlo ahora ya que en esa fecha, por diferentes motivos personales y de agenda de la colectividad, no pudieron celebrar como correspondía.

Para esta importante fecha realizaron una actividad en la junta de vecinos del Paseo del Mar, ubicada en calle Barros Arana donde celebraron con un una rica onces, donde las empanadas y el pastel de choclo estuvieron presentes.

Actualmente han seguido con sus ensayos que realizan todos los lunes, miércoles y viernes de 18:30 a 20:30 en el liceo Domingo Latrille, bajo la atenta mirada de su director musical Manuel "Meme" Cuevas.

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Desde el coro aprovecharon para invitar a los hombres de la comunidad para participar con ellos, ya que de los 24 integrantes, solo tres son varones, por lo que necesitan a lo menos tres más.

Rechazan reclamo contra ordenanza municipal

Establece el cobro de derechos municipales por los servicios de aseo a las grandes empresas y fue dictada por la administración anterior.
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Rodrigo Tapia Jara

La Corte Suprema rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por la empresa Engie Energía Chile en contra de la Ordenanza Municipal que establece el cobro de derechos municipales por los servicios de aseo que fue dictada durante la anterior administración municipal.

Anteriormente la Corte de Apelaciones de Antofagasta ya había rechazado "los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por Engie Energía Chile contra la sentencia de aprobó la Ordenanza Municipal que establece el cobro de derechos municipales por los servicios de aseo que indica", según consta en el documento causa rol N° 37.362-2017.

Ahora, el fallo fue pronunciado por la Tercera Sala de la Corte Suprema la cual está integrada por los ministros "Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Carlos Aránguiz Z. y Sr. Arturo Prado P. y el Abogado Integrante Sr. Álvaro Quintanilla P" y firmada con fecha 19 de febrero de 2018.

Según se puede inferir a través de este fallo que rechaza el requerimiento de ilegalidad interpuesto por la empresa, es que da validez a la ordenanza municipal que pretende cobrar a las empresas por los servicios de aseo de sus residuos.

"Como hecho asentado es fundamental tener en consideración que el Decreto N° 643/2016 de 12 de mayo de 2016, acto reclamado, y publicado el 17 de mayo de ese año, se ha limitado a aprobar la Ordenanza Municipal que establece el cobro de derechos municipales por los servicios que se indican, entre los cuales está el Plan de Descontaminación Atmosférico para la ciudad de Tocopilla y su zona circundante, contenido en el Decreto N° 70 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia de fecha 12 de octubre de 2010, contenido en la letra B de dicho decreto y en la letra d) de dicha ordenanza municipal", señala el fallo.

A lo que agrega que " (...) el recurrente denuncia como concurrentes tres grupos de vicios y normas legales conculcadas, no hace mención a la norma que otorga a la Municipalidad la facultad de efectuar cobros por el retiro de la basura desde las calles, contenida en el artículo 7 de la Ley de Rentas Municipales, así como tampoco le atribuyó tal vicio a la norma que dispone que las Municipalidades son las encargadas de desarrollar en su territorio funciones relativas a la protección del medio ambiente y la salud pública contenida en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Municipalidades, norma que por lo demás fundamenta la dictación del decreto N° 643 de 12 de mayo, al igual que el artículo 63 del mismo cuerpo normativo y que el recurrente estima no han sido infringidos".

Ordenanza

En la edición de La Estrella del 27 de mayo 2016 se dio a conocer a la comunidad sobre la nueva ordenanza, según consta en la nota, "serán más de 300 millones de pesos recaudados por cada año" de acuerdo al cálculo realizado por los municipales. Ahora bien no se sabe si se hará afectiva esta ordenanza, ya que desde el municipio; así como también la empresa Engie Energía; no se refirieron al tema.