En tanto, fue absuelto del delito terrorista. La fiscalía pidió presidio perpetuo calificado para el machi.
l Carolina Collins
Absuelto del delito de terrorismo y condenado por el incendio con resultado de muerte del matrimonio Luchsinger Mckay. Ese fue el veredicto que entregó ayer el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco tras 11 días de juicio contra Celestino Córdova. El comunero, en tanto, fue absuelto del ataque registrado en diciembre de 2012 en la casa del agricultor Pío Seco López. El 28 de febrero a las 16 horas se sabrá cuál será la sentencia que deberá cumplir el machi.
El ministro del Interior, Andrés Chadwick, por su parte, valoró el dictamen de la justicia.
"Yo quisiera hacer un reconocimiento a la fiscalía de La Araucanía por el excelente trabajo", manifestó el secretario de Estado, luego de que se conociera el veredicto. Sin embargo, el ministro hizo hincapié en que hay discrepancias con el tribunal, puesto que la justicia desestimó el delito terrorista que había solicitado el Ministerio Público.
Así, Chadwick afirmó que "sí estamos en presencia de actos terroristas".
El abogado defensor, Pablo Ortega, señaló que "el Ministerio Público no le entregó elementos al tribunal oral para que pudiera calificar de terrorista" a su representado.
A las 14 horas, tal como estaba previsto, comenzó la lectura de veredicto.
Lo primero que determinó el tribunal fue la "inocencia" de Córdova por el ataque al fundo Santa Isabel, en Lautaro, luego de que no se lograra acreditar su participación en los hechos, ocurridos en diciembre del año 2012.
Luego el tribunal descartó que el incendio del predio en Vilcún, donde murieron Vivian Mckay (69) y Werner Luchsinger (75), calificara como un delito terrorista. Sin embargo, el comunero mapuche, quien era el único imputado por el caso, fue condenado por incendio con resultado de muerte.
La pena por dichos delitos parte desde los 15 años de cárcel, pero la fiscalía exigió el presidio perpetuo calificado, es decir, 40 años de prisión antes de poder solicitar beneficios.
Sobre dichas penas, el abogado defensor, Pablo Ortega, señaló que "están todos de acuerdo que mi representado tiene irreprochable conducta anterior", lo que implicaría, según él, un grado menos en la pena y agregó que "la medida de la pena no debería ser la más alta, debería estar cercana al mínimo legal, toda vez que no es el autor material", dijo Ortega. Esto porque el comunero fue considerado coautor de los hechos y no autor material.
Los jueces a cargo del caso, Luis Sarmiento, Óscar Viñuela y Juan Santana, establecieron de manera unánime la participación de Córdova en el ataque que dio muerte al matrimonio. La detención del comunero poco tiempo después del incendio y el que estuviera baleado, fueron pruebas determinantes en el caso. Esto porque Werner Luchsinger intentó repeler a los atacantes con su arma de fuego. J
l Entre las pruebas que presentó el Ministerio Público, fue determinante que Celestino Córdova estuviera herido de bala al momento de su detención. El fiscal a cargo señaló que la bala que hirió al comunero es compatible con el arma que disparó esa noche el fallecido Werner Luchsinger, intentando repeler el ataque. El testimonio de los hijos del matrimonio y de los funcionarios policiales que detuvieron a Córdova también fueron presentados como pruebas. Así, los jueces determinaron que el machi "participó inequívocamente" en el incendio.