Cartas
Inconstitucionalidad
Sr. director:
Nuestra carta fundamental establece que la libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales.
Sin embargo, este derecho en los últimos meses se ha visto trasgredido en atención a la última reforma educacional que prohibió el lucro, el copago y la selección, la cual ha tenido como consecuencia que muchos colegios particulares subvencionados han tenido que cerrar, modificar sus plantas o convertirse en particular pagados.
Si una regulación legal discrimina en contra de algún emprendedor educacional, en forma tal que le asigna un deber o carga que constituye una condición, prohibición o requisito que impide, o que torna muy difícil u oneroso el ejercicio del derecho a la libertad de enseñanza garantizado en la carta fundamental, tal regulación es claramente inconstitucional.
¿Qué criterios habrá tenido el Tribunal Constitucional, que cuando fue consultado no advirtió aquello?
Iván M. Garay Pagliai
fundador & director ejecutivo
Cheque Escolar