Pablo Mamani Prado
Un total de 60 millones de pesos por negligencia y falta de servicio deberá pagar la Municipalidad de Tocopilla si la Corte Suprema confirma el histórico fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que acogió la demanda de la vecina Mónica del Carmen Cortés Torrejón, por daño moral.
La sentencia, con fecha 11 de agosto de 2015 y pronunciada por la Primera Sala integrada por los ministros titulares, Oscar Clavería Guzmán, Jasna Pavlich Núñez y el abogado integrante, Cristian Aedo Barrena, es considerada como única y ejemplar en castigar los malos actos administrativos, según explicó la afectada, donde condena a la Municipalidad a indemnizarla con una onerosa suma, motivada por la indolencia y terquedad de algunos funcionarios públicos que se negaron en su momento a ejecutar un decreto de demolición (2008) de varias casas afectadas por el terremoto, entre ellas la del vecino de la demandante, ubicada en Almirante Riveros 724, Villa Los Andes.
La noticia ya fue conocida hace algunos años, cuando incluso la afectada denunció por este mismo diario malas prácticas efectuadas por parte del director de obras, Javier Araya, del director de control, Jaime Silva Hellinger y del alcalde anterior, Luis Moyano, quienes arbitrariamente desconocieron órdenes del Serviu, Contraloría General, y hasta un fallo anterior de la misma Corte Suprema.
Estas y otras anomalías, que formaron parte del expediente de más de 200 fojas, dieron pie a que la Corte estimara los antecedentes como "graves, precisos y concordantes" para configurar una falta de servicio por responsabilidad extracontractual.
Otro de los elementos considerados en la sentencia fue el hecho que la pobladora debió vivir varios años de allegada en mediaguas a pesar de haber sido propietaria de una vivienda en Villa Los Andes, la cual fue demolida pero no pudo ser reconstruida oportunamente y en el mismo lugar, debido a la terquedad del vecino y la complicidad del municipio, quienes se negaron a demolerla utilizando un sinfín de subterfugios.
Cortés, por su parte, debió ceder su terreno al Serviu y aceptar la entrega de una vivienda lejos de su antiguo barrio, la cual no cuenta con escritura ni dominio vigente y tampoco tiene derecho a mejoramientos. "Es una vivienda básica que en ningún caso entregó ni gestionó el municipio" puntualizó.
Municipio
Tras conocerse el fallo, el municipio interpuso un recurso de casación ante la Corte Suprema, el cual fue admitido solo por un voto de los cinco ministros de la Tercer Sala, a la espera de los alegatos.
"Actualmente la causa se encuentra con conocimiento por los tribunales de justicia, a través de un recurso de casación en el fondo interpuesto por la Municipalidad de Tocopilla, el cual fue admitido a tramitación con fecha 25 de noviembre y estamos a la espera de los alegatos definitivo de la justicia", indicó el abogado del municipio, Ruperto Rojas.
2008 tenía decreto de demolición la vivienda de la afectada en Almirante Riveros, pero ella asegura que el municipio nunca siguió la orden.
$60 millones deberá cancelar el municipio por el "daño moral" ocasionado por esta situación, que tiene varios años en la justicia.